Financiamiento público a la educación

En nuestro país, el derecho a la educación ha gozado de gran relevancia, especialmente a partir de la reforma a la Constitución Política de 1997, que estableció en el artículo 78 un porcentaje de financiamiento para la educación correspondiente al 6 % del PIB, este aumentó en el 2011, mediante Ley N.° 8954, para establecer que "la educación preescolar, general básica y diversificada son obligatorias y, en el sistema público, gratuitas y costeadas por la Nación. En la educación estatal, incluida la superior, el gasto público no será inferior al ocho por ciento (8 %) anual del producto interno bruto".

Ahora bien, como se puede apreciar en el cuadro 1, el gasto estatal en educación como porcentaje del PIB, ha mantenido una tendencia al alza en los últimos años, principalmente el dirigido al Ministerio de Educación Pública (MEP), que pasó del 4,6 % en el 2006, por debajo de lo establecido en la Constitución, hasta el 6,4 % en el 2009, cuando tuvo su mayor incremento y superó el limite legal, a partir de entonces mostró un ritmo de crecimiento inferior al 0,5 % que no ha permitido, tras la reforma de 2011, superar el nuevo porcentaje establecido.









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